martes, 24 de diciembre de 2013
jueves, 12 de diciembre de 2013
Sobre el modelo de Estado que propone D. Antonio García Trevijano.
La separación de poderes no es privilegio del
pensamiento francés o anglosajón. El general Miranda, instructor de Simón
Bolívar, escribió durante la Revolución (1794) lo que la historia no hizo más
que confirmar. “El pueblo no será soberano si uno de los poderes constituidos (el ejecutivo) no emana inmediatamente de él, y no habrá independencia (entre los poderes) si uno de ellos fuera el creador del otro. Dad al cuerpo legislativo el derecho de nombrar a los miembros del poder ejecutivo, y no existirá ya libertad política. Si nombra a los jueces no habrá libertad civil”.
He realizado un trabajo resumen
de las ideas que considero mas relevantes que D. Antonio García-Trevijano
expone en el libro de su Teoría pura de la Republica.
Tengo que decir que se trata de una osadía por
mi parte permitirme tal cosa, intentar
que un cuasi ágrafo como yo resuma
las ideas de un hombre cuya cultura y
erudición andan parejos a su sabiduría ( y de su ego) y si además las utilizo , para después y en mi propio discurso, contradecirlas en algunos casos… ya no es
osadía , es pura inconsciencia … pero creo que estamos en un momento que tal vez, un puntito de ambas
sea , mas que necesidad … pura exigencia
y porque tal vez, esas cualidades , ( las positivas y las negativas ) que tiene
el personaje le hace estar tan alejado de la cotidianidad , que se hace
necesario que alguien haga bajar sus ideas del monte para transmitirlas.
He resumido literalmente , pero
eso sí , me he limitado a transcribir lo verdaderamente esencial, reduciendo un libro de 535 paginas …en ocho,
con todo lo que ello implica de perdida. Al que después de esto este
interesado, no le quedará mas remedio que leerse el libro.
Indicar de entrada que no
comparto algunas ideas, por ejemplo , la
idea del voto imperativo, como expuse en este enlace , http://octaviofreee.blogspot.com.es/2013/11/fundamento-de-la-revocatoria-de-mandato.html
y tampoco comparto algo que no
aparece en este resumen pero que si se
deriva de una contradicción que al final del texto figura, que el instrumento
para llegar al sistema político que describe solo y exclusivamente , se pueda obtener mediante
la abstención activa.
Y sin mas preámbulos:
sábado, 7 de diciembre de 2013
Sobre nacionalidades.
El termino nacionalidad es polisémico y en el sentido que le
dio la constitución del 78, una mera
estafa pues los constituyentes nacionalistas (Roca, Arzalluz) lo asimilaron al término
nación sin Estado para vendérselo a su grey y el resto de los páter estatales,
lo que buscaron es un término para soslayar otro, el de región, al que consideraban vergonzante o como cesión para
contento de aquellos o ambas cosas a la vez.
Seamos claros, si Cataluña es una nación, tiene poder
constituyente y legitimidad para secesionarse ; si Cataluña es una región con
unas características muy acusadas, lo único que la diferencia del resto de las regiones
es la cualidad de esas diferencias no su existencia, pues caracteres propio los
tienen todas las regiones.
Si en Cataluña existe una lengua propia (termino que no le
gusta a Plaza pero que sirve de manera genérica) la tienen también en Valencia o en Asturias.
Si en Cataluña dispone de instituciones propias, no lo son
menos las de Madrid o Extremadura y si las tuvieron relevantes en tiempos
remotos, no menos relevantes fueron las
de Navarra y más relevantes y remotas…las de León.
Desde un punto de vista estatal se prima en el discurso la defensa de lo que nos une y desde uno nacionalista se
incide en las diferencias, cuando lo verdaderamente cierto es que es la suma de
rasgos comunes y de diferencias los que nos hace ser un único pueblo, el
Español.
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