lunes, 16 de julio de 2012

¿Estructura logica? ...ampliación.

Ejemplo de como acabar con la mamandurria en tres pequeños post....

 NAVEGANTE
El problema amigo Paco, es que mientras este la Constitucion actual. esto es irrealizable. Ahora bien si se podria dar un recorte por ejemplo a la mitad si el PP tuviese los güevos suficientes sin necesidad de cambiar la constitucion.
OCTAVIO
 En absoluto...la supresion de los legislativos autonomicos está dentro de la Constitucion.. no es un proceso irreversible.
OCTAVIO.
 Ejemplo ...para las llamdas autonomias de via lenta...casi todas salvo las supuestamente historica....Artículo 147. de la Constituion.
1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.

2. Los Estatutos de autonomía deberán contener:

La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.

La delimitación de su territorio.

La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.

Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.

3. La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante Ley orgánica.


 Artículo 64. Estatuto de la comunidad de Madrid.

1. La reforma del Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento:

La iniciativa de la reforma corresponderá al Gobierno o a la Asamblea de Madrid, a propuesta de una tercera parte de sus miembros, o de dos tercios de los municipios de la Comunidad cuya población represente la mayoría absoluta de la Comunidad de Madrid.

La propuesta de reforma requerirá, en todo caso, la aprobación de la Asamblea por mayoría de dos tercios y la aprobación de las Cortes Generales mediante Ley Orgánica.

2. Si la propuesta de reforma no es aprobada por la Asamblea o por las Cortes Generales, no podrá ser sometida nuevamente a debate y votación de la Asamblea hasta que haya transcurrido un año.


OCTAVIO
Ergo ....se puede modificar este estatuto sin necesidad de tener una camara de culiparlantes...solo un ejecutivo autonomico para gestionar con mayor proximidad al Ciudadano....el centro de la diana del gasto mamandurrio , tiene su origen en la capacidad legislativa de las autonomias....cortada la capacidad legislar...se detiene el gasto.
http://octaviofreee.blogspot.com.es/2012/04/estructura-logica.html

2 comentarios:

  1. Y ¿Que pasa con las autonomías "supuestamente históricas" ?
    ¿Se pueden tocar esas?

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  2. La cosa se complica...pero a mí la verdad es que, si no fuera por el tufillo rancio y egoista que destilan unos, y por la violencia de otros, me importarian un pimiento que Cataluña , Pais Vasco o Mostoles fueran autonomos, eso si ....bajo una premisa inamovible.... El destino del Todo lo configura el Todo , jamas las partes, porque el si el derecho a decidir lo configura la parte, habra que definir parte...porque parte, puede no ser Euskadi por ejemplo, sino Alava...o si me apuras Vitoria....puestos
    Pero es que adems , creo que el nacionalismo se cura teniendo una solo hacienda comun y unica sin impuestos transferidos , ni zarandajas similares...y una casilla en la renta que ponga...?esta usted dispuesto a pagar por tener a; b, c, o d....cosas innecesarias ..¿si? pues lo pagas de tu bolsillo majete...son tantos leuros.

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