En una discusión ayer con un amigo muy querido, me planteaba que no se podía
permitir el derecho a convocar un
referéndum secesionista en Cataluña porque al día siguiente tendríamos la
proclamación del cantón de Cartagena… mi respuesta ¿Por qué no? ¿Por qué no
puede Cartagena pedir la independencia?
Si le
reconozco ese derecho a los catalanes ¿Por qué no se lo puede reconocer a los
cartageneros?.. La contrarréplica por su parte
“y ya puesto ¿Por qué no uno mismo?”,” la mía… ¿y porque no?”… vamos, la
Republica independiente de Ikea.
El derecho de autodeterminación o la independencia (una de las formas de
autodeterminación, no la única) es un
derecho de carácter colectivo… el derecho “a renunciar a tu país”, el “pedir”
la independencia es un derecho
individual, solo cuando la suma
de voluntades individuales coincide con la posibilidad de ejercer ese derecho de
manera colectiva y viable sobre un territorio tiene sentido la independencia.
La republica independiente de Ikea podría parecer
que no existe, pero …de hecho existe. Porque la realidad es que la autodeterminación
no es ni mas ni menos que el establecimiento de un ordenamiento propio y cada
uno de nosotros, o con nuestras parejas , establecemos las normas a las que se
somete la unidad familiar, y las consecuencias del quebranto de ese
ordenamiento….”nene, o te comes el
brócoli …o zas, en toda la boca”.
Es
evidente que la independencia de la
Republica de Ikea, termina en la puerta, es mas ni tan siquiera es una
independencia completa es mas bien un estatuto de autonomía muy precario, dentro
de casa rige tanto el ordenamiento propio como el externo. Los poderes del Estado pueden traspasar el
umbral de tu puerta cuando se quebranta de manera grave dicho ordenamiento.
El problema
que tiene España es que el nen y la nena han decidido que no les basta con
pertenecer a la republica familiar de Ikea, quieren su propia Ikealherria en su habitación, sus propios Paisos catalikeos
en su “chambre”.
Se trata de
una cuestión de viabilidad , eso sin tener en cuenta que también existe una
cuestión de derechos que deben ser abordados, los del hermano pequeño que
comparte habitación y al que nadie pregunta y que a lo mejor quiere seguir
viviendo con los papis o tener su propio Valle de Aran en terrenos de la zahúrda compartida con el adolescente
secesionista.
Cataluña,
parece puede ser viable….ojo, y Lérida,
Badajoz, el Valle de Aran, Logroño…cualquier taifa puede ser ”viable, débil, pobre, fané y descangachada”,
y mas o menos dependientes económicamente
de su entorno, pero formalmente independientes, con sus Estaditos y sus cosas
de independiente (por ejemplo, corrupción propia y no importada, lo que se
conoce como chorizo identitario).
Pero el derecho
a ser mas pobres que las ratas o a tirarse por el puente de Alcántara, que es
lo que resulta de la autodeterminación no puede rechazarse por el miedo al
efecto contagio “cantonero”.
Somos
mayorcitos y debemos tomar nuestras propias decisiones y asumir sus consecuencias.
Mi opinión
al respecto de la autodeterminación catalana , vasca o cartagenera se divide
entre tener claro que el ámbito de debate y consulta sobre esta cuestión es el conjunto de la nación española por ser cuestión cuyas consecuencias , nos
afectan a todos y el derecho que le reconozco al “alterum “ a no querer vivir juntos.
Para
poder abordar definitivamente el problema es necesario hacer un ejercicio
mental… escapar del derecho colectivo de autodeterminación o el de unidad y centrarnos en los derechos individuales
y pensar en el “supuesto” derecho del otro como
si fuera real y justo (no digo que lo sea ,digo ponerse en el lugar del otro).
A) “B no tiene por qué renunciar a ser miembro
de un nuevo país”
B) “A no tiene por qué renunciar a la unidad
de su país actual”
Se
trata por tanto de un contrato entre
partes y para abordar la cuestión
podemos recurrir al Código Civil español, una obra de arte (en el derecho) que muchos se han propuesto
arruinar a favor de dejar su huella y su minuto de gloria en la historia. Y más concretamente a las condiciones para
que exista contrato.
Artículo 1261.
No hay contrato sino cuando
concurren los requisitos siguientes:
1. Consentimiento de los contratantes.
2. Objeto cierto que sea materia del contrato.
3. Causa de la obligación que se establezca.
El
objeto es el modelo territorial del Estado, y el consentimiento, que debe ser
informado, tiene que surgir de un nuevo
periodo constituyente y no estar viciado
por la violencia.
El
acuerdo surgirá de la causa, y tengo que deciros que la causa de un contrato en
derecho civil es difícil de explicar
Artículo
1274. En los contratos onerosos se
entiende por causa, para cada parte contratante, la prestación o promesa de una
cosa o servicio por la otra parte; en los remuneratorios, el servicio o
beneficio que se remunera, y en los de pura beneficencia, la mera liberalidad
del bienhechor.
La
causa del contrato para un Españolito de a pie seria la promesa de los
nacionalistas de cualquier cuño del respeto a la unidad de España.
La causa para cualquier nacionalista tremebundo, la promesa por parte
del Estado Español de su derecho a la autodeterminación.
Solo
mediante un Estatuto jurídico Catalán o Vasco o etc… que reconozca la unidad
indisoluble del Estado Español , y una Constitución Española que reconozca la
existencia de la Nación Vasca o Catalana o etcétera podremos vivir juntos...
Si eso se tiene que hacer desde un Estado
descentralizado, federal o autonómico, simétrico, asimétrico o
cooperativo de intensidad chichinabo se tendrá que hacer mediante una
declaración de voluntad clara y definitiva, con clausulas que establezcan la
imposibilidad de ir mas allá y sin marcha atrás y de tocar los pelendengues en
otros cincuenta años (momento de renovar el acuerdo, de existir, entre los Catalañoles,
los hispaldunes, o los cantonibericos y
el resto de los españoles).
Sin
estas premisas, o una de las partes se
impone a la otra o estamos abocados a separarnos… y así fuera, prefiero esta ultima a aquella, porque al
menos en mi parte nos podríamos dedicar a problemas reales y no inventados, y …
cuanto antes, mejor.
Pues sí que estaba "interruptus" en Plaza Moyúa.
ResponderEliminarEsto tiene "mucho pensamiento" como decía mi hijo de pequeño.
Voy a comer algo, para renovar el nivel de fósforo, y vuelvo, a ver si puedo poner alguna pega...
Pero me da que si hubieran hecho caso de tu iniciativa sobre poder proponer referendos con (muchas) firmas de la gente, el problema estaría ya resuelto.
Porque la sensación que tengo en este momento, es que si se hiciese un referéndum en toda España sobre la independencia de Cataluña, puede que en Cataluña saliera el NO por mayoría, pero me da que en el resto de España, la gente está tan harta que iban a votar que SÍ.
No pienso que pudiera ocurrir lo mismo con Vascongadas. Que allí han dado su vida (se la han quitado, más bien ), demasiados por querer seguir siendo españoles , y el mandar al País Vasco a paseo sería una traición y una bajeza , aunque sólo fuera por lo que debemos a esas víctimas...
Si ...Plaza se ha queddo corto en el corta y pega.
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